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Un nuevo año, siguiendo el desarrollo del Derecho del Consumidor
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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Un nuevo año, siguiendo el desarrollo del Derecho del Consumidor |
Por Flavio Lowenrosen |
El
suplemento ha salido publicado por primera vez hace ya 9 años,
es decir en el mes de Julio de 2003, más precisamente el
primer viernes de ese mes, que cayó –en esa oportunidad-
el día 4.- A
partir de ese momento, ya lejano, cuando quien escribe estas
líneas seguramente tenía –quizás- alguna arruga menos,
se hizo tradicional que el Suplemento se publique –durante
estos nueve años- todos los primeros viernes de cada mes.- En
cada oportunidad llegamos a los lectores llevándole distinta
jurisprudencia, legislación y doctrina, tratando de
transmitirle ideas que le resulten de utilidad a los fines de
aplicar este derecho, de investigarlo y hasta de
comprometerse en su desarrollo.- En
estos nueve años, hemos observado una importante evolución
de este derecho, a nivel legislativo, jurisprudencial y
doctrinario.- Por
ejemplo, se multiplicaron las opiniones doctrinarias, se
iniciaron –progresivamente- más cantidad de juicios
–individuales y hasta de incidencia colectiva- en pos de la
protección de los derechos constitucionales y/o legales y/o
contractuales de usuarios y –consecuentemente- se han
dictado mas sentencias en esta disciplina.- En
materia legislativa, no olvidamos que se ha modificado Con
todo este contexto se advierte que han sido cuantiosos los
avances en esta disciplina en estos 9 años de Suplemento.
Quizás mas lentos que los que uno desea, anhela, pues
–entendemos- que mientras se difiere una efectiva, real y
total protección los usuarios (principalmente los de
servicios básicos y los de sectores mas humildes) siguen
violándose los derechos de éstos y, consecuentemente, los
proveedores continúa obteniendo beneficios incausados en
detrimento de los derechos constitucionales y legales de los
consumidores. Pero, más allá de eso, de lo que llamamos
“mientras tanto”[3],
también destacamos que alguna evolución –lenta, muy
lenta- ha habido[4]
desde 2003 a la fecha.- Por
último, no quiero olvidar a todos aquellos que han
colaborado con el Suplemento en todo este tiempo. Autores que
aportan su esfuerzo y conocimiento en artículos de doctrina[5],
colegas que nos remiten jurisprudencia o consultas u
opiniones vía correo electrónico, ni tampoco al personal de
elDial.com que hace posible que este suplemento se publique
de forma regular y constante el primer viernes de cada mes.- Pero,
principalmente no quiero olvidarme de todos los lectores del
Suplemento, de todos aquellos que con su acceso al mismo, se
vinculan mes a mes con nosotros, de modo silencioso pero
presente. Un saludo a todos ellos.-
[1]
Entre otras cuestiones se incorporó la figura del
ByStander, del acceso gratuito a la justicia en las
acciones de consumidor, el daño punitivo, se precisó lo
relativo a trato digno y no discriminatorio. Con sus más
y sus menos, [2]
[3]
El “mientras tanto” es ese período en el cual aun no
se han consolidado derechos, y por ello se siguen
afectando y lesionando. [4]
La lentitud en el desarrollo de una efectiva protección a
los derechos de los usuarios y consumidores se sustenta
–entre muchas otras cuestiones- en que: i) probablemente
existe un “lobby” de ciertos sectores –industriales,
comercializadores, prestadores de servicios, etc.-
que se opone a una evolución del derecho del
consumidor ello –quizás- a los efectos de mantener
ciertos privilegios y/o abusos frente a la ignorancia
legitima de los consumidores en las materias especificas
de consumo, ii) Es difícil cambiar viejos paradigmas
culturales y jurídicos, basados en que las partes se
vinculan en igualdad de condiciones en un relación jurídica,
cuando ello en materia de consumo sabemos no es cierto por
la manifiesta superioridad cognitiva, económica, técnica,
operativa y probatoria del proveedor ante el usuario, iii)
El conservadorismo de cierto sector jurídico, que por
razones de “linaje” considera menor la protección de
los derechos de los usuarios, iv) La falta de apego real
de muchos miembros de la sociedad, por la protección de
sus derechos.. [5]
Es solo una breve mención de ellos, pues han sido decenas
los prestigiosos colegas que han colaborado con este
Suplemento enviando sus ideas, su desarrollo intelectual y
su conocimiento en artículos doctrinarios. Entre ellos,
los Dres. MacDonald, Suarez, Shina,
Schvartz, y tantísimos otros a quienes por merito
la brevedad no menciono pero agradezco a todos por
igual su colaboración desinteresada y muy valiosa con
esta publicación.
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